Ministerio Público no presentó requerimiento de prisión preventiva.
Luego que una magistrada dispuso que Joaquin Pacheco y Sebastián Villaruel afrontaran en libertad la investigación por el delito contra el patrimonio cultural, la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cusco, Elcira Farfán, argumentó que la decisión judicial se basó en el requerimiento que cursó la Fiscalía donde establecieron que no se cumplían los presupuestos para una medida coercitiva para los imputados y que debía determinarse una comparecencia simple.
SENTENCIA. Al tratarse de un delito en flagrancia se determinó el proceso inmediato; es decir debe pasar a juicio oral. No obstante, la magistrada hizo énfasis en que el proceso continúa para posteriormente determinar una sentencia que puede ser efectiva o suspendida, esta decisión judicial podría darse en los siguientes días y la prognosis de pena por el delito que está tipificado como ‘no gravoso’ podría ser hasta cinco años. “Lo óptimo es que (la sentencia) se dé en tres días, la carga procesal y de las diligencias que se requiere, en este caso como es flagrante y se tiene todos los elementos de convicción. El Ministerio Público debe imputar los delitos, hay la posibilidad de que los acusados se acojan a una terminación o conclusión anticipadas”, mencionó
Consultada sobre los antecedentes de otros casos, donde se determinó prisión preventiva para garantizar la continuidad de la indagación aseguró que eso obedeció al requerimiento de la Fiscalía.



