Exfuncionaria es acusada por contratas irregulares, fraccionamiento de órdenes, etc.
Una vez más la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco (Unsaac), se halla en el ojo de la tormenta, esta vez enfrenta nuevos cuestionamientos sobre la administración de sus recursos públicos. Dos denuncias presentadas ante la Contraloría General de la República y la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Cusco, ponen bajo investigación solicitada una serie de presuntas irregularidades relacionadas con la adquisición de pasajes aéreos durante los años 2023, 2024, 2025 y algunos hechos de 2026.
INVOLUCRADOS. La denuncia penal señala a Edith Sánchez, excotizadora de la Unidad de Abastecimiento, así como a funcionarios de las áreas de Abastecimiento, Presupuesto, Finanzas y Administración. También comprende al representante legal de la empresa ‘Sebastian Tours & Travel E.I.R.L.’, donde figura como gerente Jaqueline Llancay, empresa que habría resultado favorecida con sucesivas contrataciones y presionaba procesalmente cobros mediante acciones legales de enriquecimiento sin causa a la propia institución educativa, según la denuncia.
El primer cuestionamiento es el presunto fraccionamiento de órdenes de servicio. Según la denuncia, durante 2023 se emitieron diversas órdenes para adquirir pasajes aéreos a un mismo proveedor mediante contrataciones directas. Como ejemplo, se identifican las órdenes N.° 3246 y 3275, ambas del 5 de octubre de 2023. El denunciante sostiene que estas operaciones habrían permitido evitar los procedimientos correspondientes mediante el sistema de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco de ‘Perú Compras’.
La situación, según el escrito, se habría repetido durante 2024, con numerosas órdenes de servicio, entre ellas las N.° 4362, 4363 y 4364. Para 2025, la denuncia identifica aproximadamente 55 órdenes adicionales y sostiene que existió un direccionamiento reiterado hacia la misma empresa.
Sin embargo, es indispensable verificar si existió una división artificiosa de necesidades previsibles, qué procedimientos correspondían y si concurrían excepciones legales para contratar fuera del catálogo electrónico.
El segundo cuestionamiento involucra la presunta falta de certificación obligatoria del personal encargado de las contrataciones. La denuncia sostiene que la ex funcionaria Edith Sánchez intervino en indagaciones de mercado, cuadros comparativos y adquisiciones sin contar con la certificación exigida por la normativa del Osce actual Oece.
Uno de los episodios más específicos corresponde al 24 de abril de 2025, cuando, según la denuncia, se gestionó mediante correo electrónico un pasaje internacional en la ruta España – Cusco – España, a favor de Luis Glave, por S/ 8 365.80, equivalentes aproximadamente a US$ 2 190. El documento sostiene que la operación se realizó sin una orden de servicio ni un contrato formal.
Posteriormente, el Memorándum N.° 93-2025-UA-UNSAAC habría paralizado la adquisición por falta de presupuesto, mientras que la Resolución N.° R-588-2025-UNSAAC, del 15 de mayo de 2025, dejó sin efecto la autorización del gasto correspondiente al evento. Pese a ello, la empresa habría remitido una carta notarial el 29 de abril de 2026 reclamando el pago del pasaje bajo la pretensión de ‘enriquecimiento sin causa’ contra la institución educativa, que, según el denunciante, nunca llegó a utilizarse.
MÁS EPISODIOS. Un tercer episodio se sitúa en 2026. La denuncia cita los informes N.° 264-2026-UA-DIGA-UNSAAC/ DAS y N.° 051-2026-SUMS, relacionados con viajes internacionales en la ruta Cusco – Lima – Valencia – Lima – Cusco, atribuidos a los docentes Willy Morales y José Callasi, por un monto aproximado de S/ 27 000 donde los boletos habrían sido emitidos y los viajes realizados sin órdenes de servicio previas. Incluso se afirma que determinados cuadros comparativos fueron elaborados posteriormente, con fecha 9 de junio de 2026, cuando los viajeros ya habían retornado. De comprobarse esta secuencia se agrava la situación presunta de la servidora y la empresa de contener presuntos delitos contra la administración publica a presuntos delitos contra la fe pública.
En el ámbito penal, las denuncias mencionan tres figuras delictivas: colusión agravada, prevista en el artículo 384 del Código Penal; negociación incompatible, regulada en el Artículo 399; y nombramiento, designación, contratación, encargatura o aceptación ilegal de cargo, contemplado en el artículo 381.
La colusión agravada exige acreditar una concertación ilícita entre funcionarios y la empresa, además de una defraudación patrimonial efectiva al Estado. La negociación incompatible requiere demostrar que un funcionario se interesó indebidamente en un contrato u operación pública para favorecerse o beneficiar a un tercero. Por su parte, el Artículo 381 exige verificar el incumplimiento de requisitos legales para acceder a un cargo público.
La Fiscalía tendrá que individualizar las conductas, establecer las competencias funcionales, reconstruir el procedimiento de contratación y determinar si existieron acuerdos ilícitos, modificación de documentos públicos, intereses indebidos o perjuicios económicos concretos.
La denuncia penal propone provisionalmente una reparación civil de S/ 100 000 y solicita diversas diligencias, entre ellas la obtención de información sobre certificaciones, revisión de órdenes de servicio, documentación presupuestal y comunicaciones institucionales. También plantea medidas coercitivas como allanamientos y prisión preventiva, cuya procedencia dependerá de los presupuestos legales y del correspondiente control judicial.



