CUANDO UN COMITÉ DEJA DE SER TÉCNICO Y EMPIEZA A OLER A BLINDAJE

Solicitan formalmente investigación contra el alcalde de Urubamba, Ronald Vera.

La denuncia penal presentada contra el alcalde de Urubamba, los integrantes del comité y también contra la Procuraduría no debe ser vista como un exceso político ni como una simple reacción de coyuntura. Al contrario, parece una decisión acertada frente a un proceso que, por la cantidad de dudas acumuladas, ya no puede seguir escondiéndose detrás de palabras bonitas como “procedi­miento”, “autonomía municipal” o “criterio técnico”.

MALA DECISIÓN. Aquí el pro­blema central no es únicamente si hubo una mala decisión admi­nistrativa. El verdadero punto es mucho más grave: se debe in­vestigar si el comité actuó como un órgano técnico e imparcial o si terminó funcionando como una estructura de validación de decisiones previamente encami­nadas. Porque cuando un comité participa en un proceso de alto impacto económico, turístico y social, no puede limitarse a fir­mar actas, repetir fórmulas y mirar al costado. Sus integrantes tienen responsabilidad funcional, técnica y eventualmente penal si sus actos sirvieron para restrin­gir la competencia, favorecer in­tereses concretos o legitimar una decisión carente de sustento su­ficiente.

El comité no es un adorno. No es una mesa decorativa. No es un grupo de funcionarios reunidos para darle apariencia de lega­lidad a lo que otros ya habrían decidido. Su función debía ser garantizar objetividad, trans­parencia, libre concurrencia, motivación técnica y respeto al interés público. Si no hizo eso, entonces debe responder. Y pre­cisamente por eso resulta acer­tado que la denuncia no solo mire al alcalde, sino también a quienes participaron en la construcción, aprobación o validación del pro­cedimiento cuestionado.

Una de las razones más fuer­tes para investigar es que, en un proceso vinculado a una ruta tan sensible como la Hiram Bingham, cualquier sombra de direcciona­miento debe ser despejada con absoluta seriedad. No estamos hablando de un trámite menor ni de una compra administrativa cualquiera. Estamos ante una de­cisión que puede impactar en el transporte turístico, la economía local, el acceso a Machupicchu y los intereses de operadores que compiten por un espacio alta­mente rentable. Por eso, si el co­mité diseñó reglas restrictivas, ignoró recomendaciones rele­vantes, omitió criterios de com­petencia o permitió la participa­ción irregular de personas sin competencia decisoria, la Fiscalía tiene que revisar cada acta, cada informe, cada voto y cada correo.

El comité debe explicar por qué actuó como actuó. Debe explicar si sus decisiones tuvieron susten­to técnico real o si fueron simples formalidades para cubrir una decisión política. Debe explicar por qué se adoptaron determi­nadas reglas, por qué se dejaron de lado alternativas competitivas y por qué, pese a las advertencias o cuestionamientos, el proceso siguió avanzando. En adminis­tración pública, la motivación no es un favor: es una obligación. Y cuando no hay motivación sufi­ciente, lo que aparece no es solo desorden; aparece sospecha.

También resulta clave investigar si se afectaron principios esen­ciales de la contratación y gestión pública: legalidad, imparcialidad, transparencia, libre competen­cia, trato igualitario, razonabili­dad y proscripción de la arbitra­riedad. Cuando una autoridad o un comité manejan un proceso de esta naturaleza, no pueden actuar como si la municipalidad fuera una chacra privada. Ad­ministran recursos, decisiones y oportunidades públicas. Y lo pú­blico exige explicación, control y responsabilidad.

DENUNCIA. Ahora bien, la in­clusión de la Procuraduría en la denuncia también tiene sentido jurídico y político-institucional. La Procuraduría no está para decorar expedientes ni para apa­recer cuando el escándalo ya ex­plotó. Su función es defender los intereses del Estado y de la enti­dad pública. Si existían indicios de irregularidades, riesgos de afectación al patrimonio muni­cipal, posibles actos contrarios a la competencia o decisiones per­judiciales para el interés público, correspondía que la Procuradu­ría actúe con firmeza, solicite in­formación, advierta responsabili­dades y, de ser el caso, promueva acciones legales.

Por eso se pide investigar a la Procuraduría: no necesaria­mente porque haya cometido un delito de manera automática, sino porque debe esclarecerse si cumplió o no su deber de defen­sa jurídica del Estado. Si conoció los hechos y guardó silencio, si tuvo elementos para intervenir y no lo hizo, si permitió que el pro­ceso avance sin cuestionar de­cisiones sospechosas, entonces su conducta merece revisión. La omisión también puede tener re­levancia cuando quien calla tenía el deber legal de actuar.

Una Procuraduría pasiva fren­te a presuntas irregularidades deja de ser defensa del Estado y se convierte en espectadora del problema. Y el Estado no necesita procuradores espectadores; ne­cesita procuradores que actúen, documenten, adviertan y denun­cien cuando el interés público puede estar en riesgo. Esa es la razón por la cual su inclusión en la denuncia no parece exagerada, sino necesaria para cerrar el cír­culo de responsabilidades.

Esta denuncia es acertada por­que no permite que todo se re­duzca al clásico libreto: “fue un tema técnico”, “todo se hizo con­forme a ley”, “el comité decidió”, “la Procuraduría no tenía nada que ver”. Ese discurso ya no bas­ta. Cuando hay dudas razonables, lo que corresponde no es blindar funcionarios, sino abrir expe­dientes, levantar comunicacio­nes, revisar actas y determinar quién decidió, quién avaló, quién omitió y quién se benefició.

PROCESO CONTAMINADO. Urubamba merece saber si este proceso fue limpio o si estuvo contaminado desde adentro. Merece saber si el comité ac­tuó como garante de legalidad o como escudo administrativo. Merece saber si la Procuraduría defendió al Estado o simplemente miró pasar el problema. Y mere­ce saber si detrás de un procedi­miento aparentemente formal se escondía una decisión orientada a favorecer intereses específicos.

Investigar no es destruir la insti­tucionalidad. Investigar es resca­tarla. Lo que destruye la confian­za ciudadana no es la denuncia, sino el silencio. No es la fiscaliza­ción, sino el blindaje. No es pedir explicaciones, sino acostumbrar­se a que los grandes procesos pú­blicos se manejen entre comités complacientes, procuradurías mudas y autoridades que creen que firmar un acta basta para bo­rrar las sospechas.

Por eso, esta denuncia no solo es pertinente: es necesaria. Porque cuando un comité huele más a coartada que a control técnico, y cuando la Procuraduría parece más ausente que defensora del Estado, la intervención del Mi­nisterio Público deja de ser una opción y se convierte en una exi­gencia democrática.