Deudas no son causa para impedir matrículas en colegios públicos ni privados.
Atención padres de familia, el año escolar 2025 está próximo a concluir y desde ya, en las instituciones educativas solicitan la ratificación de matrícula de los alumnos, es decir, se debe confirmar que los menores continuarán el próximo año en el plantel, pero es necesario considerar que para este proceso no se admite ningún condicionamiento, menos de orden económico. “Bajo ninguna circunstancia se puede condicionar la ratificación”, dijo el gerente regional de Educación, Heraclio Valencia. Esta advertencia aplica a instituciones educativas públicas y privadas.
INFORMACIÓN. Pagos de Asociación de Padres de Familia (Apafa), cuotas extraordinarias, multas, entre otros, que obedecen a acuerdos exclusivos de la asamblea de padres no tienen ninguna vinculación con un proceso de ratificación o matricula. “En los colegios públicos no se debe hacer el pago de ningún sol por ningún concepto y las direcciones tampoco pueden exigir que se cumplan pagos que vengan de la organización de los padres de familia”, explicó el funcionario.
“En tanto en los colegios privados, tampoco se puede condicionar la ratificación a los pagos pendientes de mensualidad. En todo caso se puede solicitar que las partes logren algún acuerdo, pero que bajo ninguna circunstancia afecte la continuidad del escolar”, agregó Valencia, recordando que en estas instituciones tienen la obligación de informar a los padres de familia las condiciones económicas del año próximo.
Cabe recordar que la matrícula es un proceso único en toda la etapa escolar, solo se admiten traslados siempre y cuando el padre de familia, acredite con una constancia de vacante del nuevo plantel, que el escolar continuará su formación académica.



