Completa burla a los estamentos municipales, su supensión ya fue consentida y no apeló.
La regidora Honorata Mejía se mantiene activa en el Concejo Municipal de Cusco, pese a que su suspensión —aprobada por voto unánime— ya debió encontrarse consentida, según la explicación del abogado electoral Óscar Matutti, experto en derecho municipal y procesos sancionadores.
PENOSO. El Concejo declaró infundado su recurso de reconsideración mediante el Acuerdo Municipal N.º 84-2025-MPC, y la Secretaría General notificó el 18 y 19 de noviembre al Jurado Nacional de Elecciones, remitiendo un expediente de 152 páginas que documenta cada etapa del proceso. En paralelo, pesa sobre Honorata una sentencia firme de dos años de pena suspendida por uso de documento falso en perjuicio de la comunidad campesina de Cachona, además de la confirmación judicial en segunda instancia, que activó el procedimiento de suspensión.
Sin embargo, el punto más crítico lo marca Matutti: la suspensión ya habría quedado firme si la regidora no interpuso apelación dentro de los 15 días hábiles que establece la Ley del Procedimiento Administrativo General.
“Si no apeló, la suspensión está consentida. Así de claro”, afirma el especialista.
Pero advierte algo más grave: que la falta de una resolución formal de consentimiento, emitida por la municipalidad, permite que Honorata siga actuando como regidora. “Mientras la municipalidad no emita la resolución de consentimiento, ella puede seguir en sesiones. Pero si el plazo venció y no apeló, jurídicamente la suspensión ya está firme. Ese consentimiento debió emitirse inmediatamente”, insiste Matutti, recalcando que la Secretaría General tiene la obligación de formalizar el estado del proceso.
Sobre el rol del JNE, Matutti precisa que este ya fue debidamente notificado, pero que su función no es volver a evaluar la suspensión, sino verificar el debido proceso y entregar credencial temporal al accesitario. “El jurado no declara el consentimiento; solo verifica que el procedimiento tenga sustento legal. La definición del consentimiento es responsabilidad del municipio”, explica.
En suma, según la lectura técnica del abogado, Honorata Mejía se encuentra en un vacío administrativo generado por la falta de resolución municipal, aún cuando el caso —por plazos vencidos y ausencia de apelación— ya debería considerarse plenamente consentido, y por tanto, la regidora debió quedar fuera de toda participación en sesiones del Concejo Municipal de Cusco.



