SOCIEDAD CIVIL A FAVOR DEL PROYECTO VILCANOTA II

Dan pleno apoyo a la EPS SedaCusco para trabajos.

En un pronunciamiento dirigi­do a la opinión pública, alcaldes distritales de los seis distritos de la provincia del Cusco, respaldan plenamente a la EPS SEDACUS­CO S.A., en la ejecución del pro­yecto sistema Vilcanota II, que ha de permitir ampliar, mejorar y asegurar el suministro de agua potable para la ciudad del Cusco y distritos aledaños.

En el documento manifiestan que siendo conscientes que dicha obra es de vital importancia para la población cusqueña, nos causa profunda preocupación el hecho de que donde se hallan las fuen­tes de captación de agua, sector de Piñipampa, distrito de An­dahuaylillas – provincia de Quis­picanchis, existe tanto de parte de las autoridades, dirigentes y población una manifiesta volun­tad de impedir y/o condicionar la ejecución de dicha obra.

Ante esta situación seis alcaldes de la provincia del Cusco, como son el Mg. Sergio Sullca Condori, alcalde del distrito de Santiago, Mg. William peña Farfán, alcalde de la municipalidad distrital de Wánchaq, Lic. Jacquelin Jiménez Chuquitapa, alcaldesa de la muni­cipalidad distrital de San Sebas­tián, Prof. Máximo Rimachi Mo­rales, alcalde de la municipalidad distrital de San Jerónimo, Sra. Isabel Valderrama, alcaldesa de la municipalidad distrital de Poroy y el Arq. Rolando Ccopa Mendo­za, alcalde de la municipalidad distrital de Saylla, motivados se dirigen a la opinión pública para manifestar su pleno respaldo y apoyo a la EPS SEDACUSCO S.A., en la ejecución de gran proyecto sistema Vilcanota II o plan maes­tro II de la iudad del Cusco.

En tal contexto los alcaldes fir­mantes del pronunciamiento re­chazan cualquier acto de oposición, retraso, condicionamiento de parte de las autoridades, diri­gentes y pobladores del distrito de Andahuaylillas, que buscan anteponer sus intereses perso­nales por encima del interés co­mún y la salud de la población de la ciudad del Cusco, los mismos que harán prevalecer las accio­nes legales que la ley les faculta, si son acciones de paralización, en la ejecución de la obra y actos de violencia contra las instalacio­nes de captación y bombeo de agua del proyecto Vilcanota, en el abastecimiento para la ciudad del Cusco.