PODER JUDICIAL RECHAZA DEMANDA DE AMPARO DE LAS LADRILLERAS

Empresarios ladrilleros habrían agotado la vía legal.

A través de la Resolución N° 14 del pasado 25 de setiembre, la Sala Civil de la Corte Superior de Jus­ticia Cusco, declaró infundada la demanda de amparo constitucio­nal que interpuso la comunidad de Sucso Auccaylle y la Asocia­ción de Pequeños Productores de Tejas y Ladrillos Sucso Aucaylli S.A. Contra magistrados de la Sala Civil de Cusco, con la finali­dad de invalidar las resoluciones y evitar el cierre de las ladrilleras. El fallo no hace más que confir­mar que dichas actividades de­berían cerrarse por la contami­nación que generan.

CONTAMINACIÓN. Ante ello, el dirigente del Colectivo Vida y Medio Ambiente, Mario Quispe, explicó que el amparo que pre­sentaron las ladrilleras ha sido el último recurso, pero al ser decla­rado infundado el juzgado de ori­gen debe proceder con la ejecu­ción de sentencia; que es el cierre de todas las ladrilleras.

Incluso señaló que este lunes rea­lizarán un plantón en la sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco a fin de que la jueza, San­dra Contreras, haga cumplir la sentencia con el cierre de las 162 ladrilleras .

El documento señala: “habién­dose desplegado una adecuada motivación en la sentencia pre­cedente, entonces, la presente demanda de amparo contra am­paro resulta infundada (…)”, refie­re la resolución firmada por los magistrados Franklin Gutiérrez, Edwin Béjar y Carlos Roman.

En su demanda, las ladrilleras habían sostenido, por ejemplo, que los jueces demandados ha­brían ‘tergiversado’ la informa­ción contenida en el Informe 143 – 2018 – Oefa (que contiene los resultados de la fiscalización que realizó este ente a la demanda de amparo precedente) y que, ade­más, los demandados habrían considerado como ‘ilegal’ la acti­vidad de producir ladrillos.