La Primera Sala Civil del Cusco dictó sentencia contra el incremento ilegal de la remuneración de los porteadores o trabajadores turísticos del Camino Inca a Machu Picchu, que fue elevado con el apoyo político de congresistas de izquierda del 1.2 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) al 3.00 %.
Los magistrados Murillo Flores, Gutiérrez Merino y Román Gil se pronunciaron sobre la inconstitucionalidad del artículo 8º de la Ley 31614, conocida como la Nueva Ley del Porteador.
El fundamento de este fallo judicial radica en que dicho artículo viola el párrafo final del artículo 24 de la Constitución, que dispone que “las remuneraciones mínimas se regulan por el Estado con participación de las organizaciones representativas de los trabajadores y los empleadores”. Es el poder Ejecutivo y no el Legislativo quien representa al Estado.