INFORME AVALA VACANCIA DE MÓNICA NIETO

Permiso sin goce de haber solo era por 90 días como máximo.

El ciudadano, José Astorga, el pa­sado 20 de agosto, solicitó la va­cancia de la regidora cusqueña Mónica Nieto. Su pedido se basa en la infracción la Ley Orgánica de Municipalidades (LOM) que prohíbe que una regidora electa, durante el mismo periodo, sea trabajadora nombrada en la mis­ma comuna. La consulta realiza­da por la comuna cusqueña a la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), fue respondida de forma contundente. Mónica Nieto debe ser vacada.

RESPUESTA. La respuesta en­viada aún el 05 de setiembre pa­sado, mediante el informe técnico N° 001254-2024-SERVIR-GPGSC señala: “El servidor municipal bajo el régimen del Decreto Le­gislativo N° 276 que es electo re­gidor en el mismo gobierno local podrá acogerse a la licencia sin goce de haber por motivos par­ticulares, cuya duración máxima es de noventa (90) días calenda­rio improrrogables”.

Asimismo, el documento advierte de forma clara y enfática: “An­tes del vencimiento del plazo de la licencia, el servidor municipal que es electo regidor en el mismo gobierno local deberá optar por renunciar a su vínculo laboral o promover su vacancia como re­gidor; caso contrario, el Concejo Municipal —de oficio— deberá vacarlo en el cargo de regidor.”

La función fiscalizadora que tie­nen los regidores, no podría ejer­cerse en paralelo ya que prestan servicios a la misma entidad en otros cargos o puestos (de carre­ra o de confianza), pues los colo­caría en un permanente conflicto de intereses.