CALIFICAN DE ENFERMAS A LAS PERSONAS TRANSEXUALXS

La actualización del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud incluye este diagnóstico.

El Ministerio de Salud publicó el último viernes un decreto supre­mo que actualiza el Plan Esen­cial de Aseguramiento en Salud (Peas), documento que detalla la lista de enfermedades e inter­venciones asegurables. La inclu­sión de un grupo de ‘patologías’ de la salud mental vinculadas a la orientación sexual, viene siendo cuestionada.

No es la primera actualización de este plan de aplicación obligato­ria en todos los centros de salud públicos y privados del Perú.

EXTRAÑO. El Decreto Supremo Nº 009-2024-SA agrega al lis­tado priorizado de condiciones asegurables, intervenciones y prestaciones, siete diagnósticos en el apartado de persona con problema de salud mental: tran­sexualismo, transvestismo de rol dual, trastorno de la identidad de género en la niñez, otros tras­tornos de la identidad de género, trastorno de la identidad de géne­ro no especificado, transvestis­mo fetichista y orientación sexual egodistónica.

Los diagnósticos F64.0, F64.1, F64.2, F64.8, F64.9, F65.1 y F66.1 están consignados en el capítu­lo de “Trastornos mentales y del comportamiento” de la décima versión de la Clasificación Esta­dística Internacional de Enferme­dades (CIE-10).

De acuerdo al diario El Comercio, el Colectivo Marcha del Orgullo rechaza la norma por atentar a la población transexual. “Exigimos al Ministerio de Salud que modi­fique dicha norma, recogiendo lo ya indicado por la Organización Mundial de la Salud, el mismo que recomienda el uso de la CIE-11. La norma de por sí está desfasada y más bien deja una puerta abierta a las terapias de conversión, así como al uso de hormonas con fines de ‘corrección de la homo­sexualidad’, terapias que son con­sideradas tortura por el derecho internacional”, declaró a ese me­dio Jorge Apolaya, vocero del Co­lectivo Marcha del Orgullo Lima.