NO SE PUEDE DIRECCIONAR COMPRA DE ÚTILES ESCOLARES

Hasta 450 UIT de multa para las instituciones infractoras

El direccionamiento para la adquisición de los útiles es­colares respecto a determi­nada marca o punto de venta, el requerimiento de los mismos para el primer día de clases o la solicitud de productos de aseo per­sonal está prohibido, los infracto­res podrían ser sancionados por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Pro­tección de la Propiedad Intelec­tual (Indecopi) hasta con 450 UIT. La jefa zonal de Indecopi Cusco, Paola Aragón, expresó que, existen precedentes de sanciones inter­puestas a instituciones educativas que vulneraron las normativas, principalmente colegios privados. En los últimos años un promedio de 15 a 20 instituciones cada año son sancionadas, algunos incluso son reincidentes. Durante el presen­te año 2023 ya se han iniciado las verificaciones correspondientes ante algunas denuncias recibidas. En el caso de los colegios privados, se indicó que el padre de familia también tiene derecho a ser infor­mado de forma previa y escrita claramente sobre las pensiones educativas y otros cobros a reali­zarse; en caso ello se vulnere Inde­copi también puede sancionar a la institución educativa.

Aragón señaló que en caso se ad­viertan que se este cometiendo estás infracciones pueden pre­sentar una denuncia en la oficina de Indecopi en la urbanización Constancia en Wanchaq. Tam­bién a través del correo colegios@ indecopi.gob.pe. En ambos casos, las quejas pueden ser anónimas.